Reglamento [Reg_LGeo]

Artículo 99 de REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

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REGLAMENTO de la Ley de Geotermia (Reg_LGeo)

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Artículo 99

TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN, VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO · CAPÍTULO III - De las Sanciones Administrativas

Artículo 99. Para la aplicación de las sanciones previstas en la Ley, la Secretaría debe fundar y motivar su resolución en la que se deben considerar los aspectos previstos en la Ley, el Reglamento y demás normativa aplicable.

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