Artículo 96. La Secretaría debe sancionar administrativamente, los incumplimientos a la Ley, el Reglamento, los términos y condiciones de los Permisos de Exploración, Permisos para Usos Diversos o Concesiones correspondientes, y demás disposiciones normativas en materia de geotermia, en términos de los artículos 63 y 64 de la Ley.
Reglamento [Reg_LGeo]
Artículo 96 de REGLAMENTO de la Ley de Geotermia
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TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN, VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO · CAPÍTULO III - De las Sanciones Administrativas
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