Artículo 135

Libro segundo - Del sistema de calidad e innovación · Título primero - De las actividades de estandarización · Capítulo I - De los Comités Técnicos de Estandarización · Sección primera - De la integración, organización, operación y funcionamiento de los Comités Técnicos de Estandarización

Artículo 135. Los Comités Técnicos de Estandarización deben contar con la siguiente estructura orgánica:

I. Presidencia;

II. Secretariado Técnico;

III. Miembros acreditados, y

IV. Los demás necesarios para su correcta operación.

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