Artículo 162

Libro segundo - Del sistema de calidad e innovación · Título segundo - De los Estándares · Capítulo III - De la elaboración de los Estándares · Sección segunda - Del procedimiento de elaboración de estándares

Artículo 162. Los comentarios que se presenten sobre los proyectos de Estándares deben cumplir con lo siguiente:

I. Estar redactados en idioma español;

II. Ser formulados de manera pacífica y respetuosa;

III. Presentarse, por escrito o a través de medios electrónicos, en el formato correspondiente, dentro del plazo que se establezca en el propio proyecto.

Los comentarios que no cumplan con alguno de los requisitos anteriormente referidos se tienen como no presentados.

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