Libro cuarto - Disposiciones finales · Título cuarto - De los recursos · Capítulo II - De la queja
Artículo 253. La Secretaría o las Autoridades Normalizadoras deben establecer un plazo, que no puede exceder de cuarenta y cinco días, para que la Entidad de Acreditación o el Organismo de Evaluación de la Conformidad den cumplimiento a la resolución dictada en el procedimiento de queja.