Artículo 44

Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad · Título Segundo - De las instancias encargadas de la normalización · Capítulo II - Del Consejo Técnico

Artículo 44. Las Consejerías Sectoriales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben tener al menos un nivel jerárquico de dirección de área o su equivalente. Para el sector privado, debe ser al menos de dirección, gerencia o su equivalente.

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