Artículo 54

Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad · Título Segundo - De las instancias encargadas de la normalización · Capítulo IV - De los Comités Consultivos Nacionales de Normalización · Sección primera - De la integración, organización, operación y funcionamiento de los Comités Consultivos

Artículo 54. La persona titular de la Secretaría Técnica del Comité Consultivo Nacional de Normalización tiene a su cargo las siguientes funciones:

I. Apoyar en la coordinación de acciones necesarias entre el Comité y sus subcomités y grupos de trabajo;

II. Suplir, previa designación, a la persona titular de la Presidencia en su ausencia, previa designación hecha para tal efecto por dicha persona titular o por la persona titular de la Autoridad Normalizadora que corresponda;

III. Atender las actividades que la Presidencia o la Autoridad Normalizadora le encomienden, y

IV. Las demás que se prevean en las reglas de operación del Comité.

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