Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad · Título quinto - De la integración y organización de la Evaluación de la Conformidad · Capítulo I - De la acreditación de instancias públicas e Instituciones de Investigación y de Enseñanza
Artículo 82. Las Autoridades Normalizadoras para llevar a cabo la acreditación deben observar lo establecido en los Estándares o Normas Internacionales aplicables a la materia y pueden suscribir convenios con instituciones o entidades nacionales, internacionales o extranjeras para el reconocimiento de las acreditaciones.