TITULO TERCERO - De los Sistemas Nacionales Estadístico y de Información Geográfica · CAPITULO UNICO - De la organización y Funcionamiento de los Sistemas Nacionales Estadístico y de Información Geográfica
ARTICULO 59.- A las unidades que integran los sistemas nacionales, les corresponde establecer, de acuerdo a su capacidad y necesidades, un programa para desarrollar y articular sus sistemas de captación y procesamiento de la información estadística y geográfica, adoptando las definiciones, clasificaciones y nomenclaturas que la Secretaría emita y que sean de observancia general, así como suministrarle la información que produzcan con base en los lineamientos que ésta determine.