Reglamento [Reg_LIERNIE]

Artículo 47 de REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

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REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (Reg_LIERNIE)

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Artículo 47

TÍTULO OCTAVO - DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

ARTÍCULO 47.- Los representantes legales y delegados fiduciarios serán responsables de la veracidad de los datos relativos a las solicitudes, avisos e informes, así como de los documentos que suministren de conformidad con este Reglamento, cuando no proporcionen al Registro el nombre, domicilio y teléfono de la persona responsable de la veracidad de los datos y documentos mencionados.

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