Lectura de artículo · Reg_LMigra

Artículo 12-H

REGLAMENTO de la Ley de Migración

Artículo 12-H

TÍTULO TERCERO - DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA MIGRATORIA, LA CERTIFICACIÓN Y DISPOSICIONES COMUNES AL PERSONAL DEL INSTITUTO · Capítulo adicionado DOF 23-05-2014

Artículo 12-H. Los servidores públicos a que se refiere el artículo 12-B del presente Reglamento, ingresarán al Servicio Profesional de Carrera Migratoria a través de un concurso de selección mediante convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación y sólo podrán ser designados y separados del mismo en los casos y bajo los procedimientos previstos por la Ley, el presente Reglamento y las demás disposiciones que de éstos se deriven, sin perjuicio de las sanciones administrativas o penales en que pudieran incurrir.

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 12-h

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 12-h Llegan al 12-h
Publicidad