Transitorios
TERCERO.- Los acuerdos de supresión de visa celebrados por el Estado mexicano continuarán vigentes, sin perjuicio de que puedan ser modificados con posterioridad en los términos de las disposiciones aplicables.
REGLAMENTO de la Ley de Migración
Transitorios
TERCERO.- Los acuerdos de supresión de visa celebrados por el Estado mexicano continuarán vigentes, sin perjuicio de que puedan ser modificados con posterioridad en los términos de las disposiciones aplicables.