Lectura de artículo · Reg_LNac

Artículo 3

REGLAMENTO de la Ley de Nacionalidad

Artículo 3

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 3.- La Secretaría, podrá exigir al interesado documentación adicional, cuando las actas de nacimiento no contengan la información necesaria para acreditar algún atributo de la persona.

La Secretaría, en su caso, podrá verificar ante sus propias unidades administrativas o ante la autoridad correspondiente, la existencia de documentos probatorios de la nacionalidad mexicana expedidos con anterioridad.

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