CAPÍTULO V - DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS
ARTÍCULO 44.- La imposición de las sanciones compete al Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría.
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REGLAMENTO de la Ley de Nacionalidad (Reg_LNac)
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ARTÍCULO 44.- La imposición de las sanciones compete al Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría.