TÍTULO SEGUNDO - DE LAS ORGANIZACIONES GANADERAS · CAPÍTULO II - DE LOS SOCIOS
Artículo 27.- Para ingresar a una organización ganadera deberá presentarse al consejo directivo de la misma, según sea el caso, una solicitud que contenga, cuando menos, los siguientes requisitos:
- ganadera local: ser mayor de edad en términos de lo dispuesto por los artículos 4o., fracción VI de la Ley y 15 de este Reglamento y contar con , o registrado ante la autoridad competente, y en su caso con cualquier otro medio de identificación para las especies equivalentes; señalar nombre completo, edad, nacionalidad y domicilio. Para el caso de las personas morales, señalar denominación o razón social, domicilio social, los datos de constitución y registro público en su caso y nombre y domicilio de quienes la integren y legalmente las representen; acreditar la propiedad de los vientres y legítima tenencia de los terrenos en los que practique la actividad ganadera; exhibir el registro de su , o , y realizar la actividad ganadera en el municipio al que corresponda la ;
- ganadera regional: estar constituida como ganadera local en términos de la Ley y este Reglamento, dentro de la región ganadera a la que pertenezca la ganadera regional a la que pretenda ingresar; y tener por lo menos tres meses de funcionamiento, contados a partir de la fecha del registro ante la Secretaría; señalar denominación y domicilio, indicar los nombres completos de quienes designen como delegados propietarios y suplentes ante la asamblea de la , así como exhibir su padrón de productores, y
- Nacional de : estar constituida como ganadera regional o como o por y contar con registro ante la Secretaría; señalar denominación y domicilio dentro del territorio nacional; indicar los nombres completos de quienes designen como delegados propietarios y suplentes ante la Asamblea de la , y proporcionar su padrón de productores.
La solicitud deberá presentarse por escrito y llevará la firma del solicitante, a menos que no sepa o no pueda firmar, entonces imprimirá su huella digital. A la solicitud se adjuntarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para ingresar a la organización; se expresará en su caso, la aportación que en dinero o en especie se realice a la organización ganadera.