Reglamento [Reg_LOGan]

Artículo 54 de REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

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Artículo 54

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS ORGANIZACIONES GANADERAS · CAPÍTULO V - DE LA DISOLUCIÓN

Artículo 54.- La disolución de las organizaciones ganaderas tendrá lugar en los casos previstos por el artículo 17 de la Ley.

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