Artículo 46.- La Dirección General de Asuntos Internos, para el cumplimiento de sus atribuciones, se integrará con un área de investigación, otra de seguimiento y una jurídica.
Reglamento [Reg_LOPGJDF]
Artículo 46 de REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
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TÍTULO CUARTO - DE LAS ATRIBUCIONES · CAPÍTULO VIII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS
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