CAPÍTULO DÉCIMO - DE LAS COORDINACIONES
Artículo 43.- Al frente de cada unidad administrativa que integre su organización regional habrá un Jefe, el cual será nombrado por el Titular de la Coordinación General de Servicios Periciales.
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REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Reg_LOPGR)
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Artículo 43.- Al frente de cada unidad administrativa que integre su organización regional habrá un Jefe, el cual será nombrado por el Titular de la Coordinación General de Servicios Periciales.