TÍTULO SEGUNDO - ORGANIZACIÓN · Capítulo III - Del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo
Artículo 38.- El Centro debe elaborar la estadística de la incidencia de los vuelos clandestinos sobre el Espacio Aéreo Mexicano.
Reglamento [Reg_LPEAM]
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REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (Reg_LPEAM)
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Artículo 38.- El Centro debe elaborar la estadística de la incidencia de los vuelos clandestinos sobre el Espacio Aéreo Mexicano.