Artículo 9

TÍTULO PRIMERO - GENERALIDADES · Capítulo III - De las Maniobras de Vuelo de las Aeronaves

Artículo 9.- Las maniobras de vuelo de las aeronaves que operan dentro del Espacio Aéreo Mexicano y requieran de alguna acción en materia de seguridad y protección del espacio aéreo por parte del Centro deben clasificarse en:

I. Traza de interés;

II. Vuelo no autorizado, y

III. Vuelo clandestino.

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