Artículo 1.- El presente instrumento es de orden público e interés social, tiene por objeto reglamentar la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, estableciendo el funcionamiento, coordinación, organización y procedimientos a realizar por los organismos, dependencias y la Procuraduría General de la República, que intervienen en la implementación del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, de conformidad con los instrumentos internacionales en la materia y la normatividad nacional aplicable.
Reglamento [Reg_LPPDDHP]
Artículo 1 de REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
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TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO
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Ley reglamentada
Ley Para La Protección De Personas Defensoras De Derechos Humanos Y Periodistas
[LPPDDHP]
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Artículo 2 de Reg_LPPDDHP
[Reg_LPPDDHP]
Mismo capítulo
Artículo 3 de Reg_LPPDDHP
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Mismo capítulo
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[Reg_LPPDDHP]
Mismo capítulo
Artículo 54 de Reg_LPPDDHP
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