Artículo 80.- Para determinar si el Beneficiario o Peticionario se encuentra en situación de riesgo inminente, se atenderá a la definición prevista en este Reglamento.
Reglamento [Reg_LPPDDHP]
Artículo 80 de REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
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TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO II - DE LA DETERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
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