Artículo 30. Para la elaboración de los Instrumentos de Planeación del Sector Energético, la Secretaría puede solicitar el apoyo técnico de los órganos administrativos desconcentrados, empresas públicas del Estado y entidades paraestatales sectorizadas, los Comités, así como de otras instancias públicas en el ámbito de sus competencias.
Reglamento [Reg_LPTE]
Artículo 30 de REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
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TÍTULO TERCERO - DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO · Capítulo I - De la Coordinación, Coherencia, Exhaustividad y Consistencia
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