TÍTULO QUINTO - DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ENERGÉTICA · Capítulo I - De la organización y funcionamiento del Sistema
Artículo 59. El Sistema Nacional de Información Energética tiene como finalidad concentrar, registrar, organizar, actualizar y difundir la información del Sector Energético para apoyar a la Secretaría a ejercer la planeación vinculante del Sector Energético.