CAPITULO IV - Del Registro
ARTICULO 23.- Los actos y documentos que en los términos de la Ley de este Reglamento deban inscribirse y no se registren, no podrán producir perjuicio a tercero.
Reglamento [Reg_LRArt5C]
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REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal (Reg_LRArt5C)
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ARTICULO 23.- Los actos y documentos que en los términos de la Ley de este Reglamento deban inscribirse y no se registren, no podrán producir perjuicio a tercero.