Artículo 28

CAPITULO IV - Del Registro

ARTICULO 28.- La inscripción de una escuela no implica el reconocimiento de validez de los estudios que en ella se hagan.

Ver artículo Markdown

Relaciones del artículo 28

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 28 Llegan al 28
Publicidad