CAPITULO V - Del ejercicio profesional
ARTICULO 51.- Se entiende por pasante al estudiante que ha concluido el primer año de la carrera en la de dos años; el segundo en las de tres y cuatro años, y el tercero en las de mayor duración.
ARTICULO 51.- Se entiende por pasante al estudiante que ha concluido el primer año de la carrera en la de dos años; el segundo en las de tres y cuatro años, y el tercero en las de mayor duración.