TÍTULO III - DE LA VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN
Artículo 41.- El objeto de las visitas de verificación que practique el Secretariado Ejecutivo, será comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
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REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular (Reg_LRPV)
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Artículo 41.- El objeto de las visitas de verificación que practique el Secretariado Ejecutivo, será comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.