Transitorios
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reglamento [Reg_LSAR]
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (Reg_LSAR)
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