TÍTULO CUARTO - DE LA TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO Y LAS TARIFAS ELÉCTRICAS · Capítulo VII - De las Tarifas Eléctricas, los Precios, las Contraprestaciones y los Costos
Artículo 124. El seguimiento del ajuste de las Tarifas Eléctricas lo realiza la CNE y es supervisado por la Secretaría, para asegurar la congruencia de las metodologías que se expidan de conformidad con lo previsto en el presente Capítulo.