Lectura de artículo · Reg_LSE

Artículo 286

REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Artículo 286

TÍTULO NOVENO - DE LA INTERVENCIÓN Y LA REQUISA · Capítulo III - De la Requisa

Artículo 286. En caso de que una vez cubierto el valor de la indemnización, se resuelva la reversión total o parcial de los bienes, la persona titular de estos debe devolver la totalidad o la parte correspondiente de la indemnización que le hubiere sido cubierta.

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