Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 100 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

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Artículo 100

TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS · Capítulo II - Del Alcance de las Actividades Permisionadas · Sección Segunda - De la Importación y Exportación

Artículo 100. El otorgamiento de permisos de importación y exportación de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos se debe llevar a cabo por la Secretaría en términos de la Ley, la Ley de Comercio Exterior, la planeación vinculante y demás Normatividad aplicable.

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