Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 98 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

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Artículo 98

TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS · Capítulo II - Del Alcance de las Actividades Permisionadas · Sección Primera - De las Operaciones en las Actividades Permisionadas

Artículo 98. Queda prohibido el Transvase directo entre medios de Transporte o de Distribución por medios distintos a Ductos.

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