Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 85 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (Reg_LSH)

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Artículo 85

TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS · Capítulo I - De los Permisos

Artículo 85. Las actividades a que se refiere el artículo 76 de la Ley, son actividades permisionadas y están sujetas a lo establecido en la Ley, en el presente reglamento y en la demás Normatividad aplicable.

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