Décimo Cuarto. La modificación, actualización, cambio de control y cesión de los permisos otorgados al amparo de la legislación que se abroga, que soliciten las personas titulares de dichos permisos, se deben tramitar y resolver conforme a lo establecido en el presente reglamento.
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Artículo Transitorio Décimo Cuarto de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
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