Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 121 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 121

CAPITULO XIII - De las Reservas

ARTICULO 121.- Los exámenes teórico-prácticos que se mencionan en los artículos anteriores se practicarán en la forma y fechas que determine la Secretaría de la Defensa Nacional y se sujetarán a las mismas formalidades que se exigen en las Escuelas Militares de Formación.

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