Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 123 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 123

CAPITULO XIII - De las Reservas

ARTICULO 123.- Los conscriptos y voluntarios que al terminar su tiempo de servicio en las unidades del activo hayan alcanzado las jerarquías de Cabos o Sargentos, al pasar a las Reservas lo harán con sus mismos grados.

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