ARTICULO 159.- En el anverso de las cédulas dactiloscópicas se tomarán separadamente las huellas de cada uno de los dedos de ambas manos en las casillas correspondientes y en el reverso las huellas de control de los mismos, menos los pulgares.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 159 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
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CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula
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