Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 161 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 161

CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula

ARTICULO 161.- Las personas que incurran en falsedad o irregularidades en la confección de los documentos anteriores, serán consignadas a las autoridades para que se les juzgue de acuerdo con la legislación penal federal.

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