ARTICULO 162.- Las tarjetas índices se archivarán por orden alfabético. Las fichas dactiloscópicas se catalogarán y archivarán de acuerdo con las disposiciones que dicte la Secretaría de la Defensa Nacional, conforme al sistema "Vusetich", empleándose en la clasificación secundaria el “trazo" o "raya de Galton" y los elementos de subclasificación que la práctica aconseje.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 162 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula
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