Artículo 226

Artículo 226

CAPITULO XXII - De las funciones auxiliares del Servicio Militar

ARTICULO 226.- Los sindicatos, uniones, comisariados ejidales tienen las mismas obligaciones que los patrones respecto de sus miembros. La falta de cumplimiento de estas obligaciones recae directamente y en forma personal sobre los directivos de los sindicatos, uniones y comisariados ejidales.

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