ARTICULO 88.- Los conscriptos que hubiesen obtenido la jerarquía de Sargentos serán pasados a la Reserva con los demás de su clase al cumplir el año de servicio, a menos que soliciten y sean aceptados para continuar en el activo con el carácter de profesionales.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 88 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
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CAPITULO X - Del servicio en el activo
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