ARTICULO 89.- Los cuadros de Sargentos del activa estarán formados con profesionales que hubiesen obtenido su jerarquía habiendo egresado de los cursos o escuelas de clases y de los cabos de conscriptos que sean promovidos a esa jerarquía previa la satisfacción de los requisitos de competencia necesaria.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 89 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
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CAPITULO X - Del servicio en el activo
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