Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 93 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 93

CAPITULO XI - Del contingente para la Armada

ARTICULO 93.- Una vez que la Oficina Central de Reclutamiento haya hecho el cálculo de los conscriptos que de cada Municipio deban ir al activo de la Armada, lo comunicará a las oficinas de zona, las que lo harán conocer a las de sector y a las Juntas Municipales Reclutamiento.

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