Reglamento [Reg_LSS_MAEBA]

Artículo 12 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución

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REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución (Reg_LSS_MAEBA)

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Artículo 12

TÍTULO SEGUNDO - DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES · CAPÍTULO PRIMERO - DE LA RECEPCIÓN Y CONTROL

Artículo 12.- La Subdelegación integrará y pondrá a disposición de la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos una base de datos, en la que se identifiquen detalladamente los bienes recibidos para su administración y enajenación, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, a efecto de que ésta incorpore la información correspondiente a la enajenación de los mismos.

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