Ley [162]

Artículo 22 de Ley Orgánica De Nacional Financiera

Ver ley completa

Artículo 22.- El Director General será designado por el ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Orgánica De Nacional Financiera (162)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad