Ley [162]
Artículo 22 de Ley Orgánica De Nacional Financiera
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 22.- El Director General será designado por el ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.