Ley [164_190719]
Artículo 25 bis de Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar
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Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar (164_190719)
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Artículo 25 bis.- El Director General, así como los funcionarios de los dos niveles jerárquicos inferiores a éste, podrán expedir certificaciones de los documentos existentes en los archivos de las direcciones a su cargo.
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