Ley [167]
Artículo 37 de Ley Orgánica Del Banco Nacional Del Ejército, Fuerza Aérea Y Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 37.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B".