Ley [167]

Artículo 37 de Ley Orgánica Del Banco Nacional Del Ejército, Fuerza Aérea Y Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 37.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B".

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