"Hay quien encuentra fortuna en la desgracia, y hay suerte que acaba en postración."
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Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México

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Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México

Última reforma publicada DOF 19-01-2018

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Resumen de la ley

Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: Título profesional es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios correspondientes o... El análisis local detectó 73 artículos ordinarios y materias como educación, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional, propiedad, recursos y economía.

Educación Organización del Estado Federalismo y municipios Justicia constitucional Propiedad, recursos y economía Igualdad y no discriminación

Lo esencial

Qué regula

  • Educación
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios
  • Justicia constitucional
  • Propiedad, recursos y economía

A quién aplica

  • Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
  • Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
  • Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.

Materias principales

  • Educación
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios
  • Justicia constitucional
  • Propiedad, recursos y economía

Derechos principales

  • Igualdad y no discriminación

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Congreso de la Unión
  • Poder Ejecutivo Federal
  • Federación
  • Entidades federativas
  • Ciudad de México

Obligaciones principales

  • Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Juicio de amparo y mecanismos de control constitucional.
  • Consulta y participación de pueblos indígenas.

Sanciones o consecuencias

  • Sanciones previstas para infracciones constitucionales y leyes secundarias.
  • Consecuencias penales o administrativas cuando el texto las remite a la ley.
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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1oTítulo profesional es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, a...
2oLas leyes que regulen campos de acción relacionados con alguna rama o especialidad profesional, determinarán cuáles son las actividades profesionales que necesitan título y cédula para su...
3oToda persona a quien legalmente se le haya expedido título profesional o grado académico equivalente, podrá obtener cédula de ejercicio con efectos de patente, previo registro de dicho...
4oEl Ejecutivo Federal, previo dictamen de la Dirección General de Profesiones, que lo emitirá por conducto de la Secretaría de Educación Pública y oyendo el parecer de los Colegios de...
5oPara el ejercicio de una o varias especialidades, se requiere autorización de la Dirección General de Profesiones, debiendo comprobarse previamente:
6oEn caso de conflicto entre los intereses individuales de los profesionistas y los de la sociedad, la presente Ley será interpretada en favor de esta última, si no hubiere precepto expreso...
7oLas disposiciones de esta ley regirán en la Ciudad de México en asuntos de orden común, y en toda la República en asuntos de orden federal.
8oPara obtener título profesional es indispensable acreditar que se han cumplido los requisitos académicos previstos por las leyes aplicables.
9oPara que pueda registrarse un título profesional expedido por institución que no forme parte del sistema educativo nacional será necesario que la Secretaría de Educación Pública revalide...
10Las instituciones que impartan educación profesional deberán cumplir los requisitos que señalen las leyes y disposiciones reglamentarias que las rijan.
11Sólo las instituciones a que se refiere el artículo anterior están autorizadas para expedir títulos profesionales de acuerdo con sus respectivos ordenamientos.
12Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de un Estado, serán registrados, siempre que su otorgamiento se haya sujetado a sus leyes respectivas, de conformidad con la fracción...
Mapa de temas
TemaArtículos detectadosDescripción
Educación4o, 9o, 10, 13, 17Regula bases y obligaciones en materia educativa.
Organización del EstadoNo concentrado en artículos específicosDefine órganos, competencias y división de poderes.
Federalismo y municipios7o, 9o, 13, 14, 15Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios.
Justicia constitucional26Prevé mecanismos de control constitucional y protección jurisdiccional.
Propiedad, recursos y economíaNo concentrado en artículos específicosRegula bases sobre propiedad, recursos nacionales y actividad económica.
Plazos importantes
  • I.- Si el profesionista procedió correctamente dentro de los principios científicos y técnica aplicable al caso y generalmente aceptados dentro de la profesión de que se trate;
  • Tampoco se aplicará sanción a los dirigentes de los Sindicatos cuando ejerciten actividades de índole profesional dentro de los términos prevenidos por la Ley Federal del Trabajo ni a los gestores a que se refiere el...
  • ARTICULO 4º.- Todos los planteles de enseñanza profesional están obligados a remitir a la Dirección General de Profesiones en un término de noventa días una lista completa de los títulos profesionales que hubiere...
  • ARTICULO 5º.- Se concede a los planteles de enseñanza preparatoria y profesional existentes en el Distrito y Territorios Federales, un plazo de seis meses para obtener su registro en la Dirección General de Profesiones.
  • b).- Las personas que durante los diez últimos años hayan ejercido la profesión no teniendo título, o poseyendo uno que no llene los requisitos de esta Ley, tendrán un plazo de cinco años a contar de la fecha de su...
  • ARTICULO 12.- A los mexicanos por nacimiento que actualmente ejercen con título obtenido en el extranjero, se les concede un plazo de tres años para satisfacer las condiciones que exige la presente Ley.
  • ARTICULO 16.- La Secretaría de Educación Pública procederá a organizar la Dirección General de Profesiones en el término de seis meses, a contar de la fecha de la vigencia de esta Ley.
  • ARTICULO 18.- Las personas que comprueben haber hecho estudios completos preparatorios y profesionales conforme a las disposiciones vigentes en la época en que se hicieron dichos estudios, y, además, acrediten haber...

Preguntas frecuentes

¿De qué trata Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México?

Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: Título profesional es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios correspondientes o... El análisis local detectó 73 artículos ordinarios y materias como educación, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional, propiedad, recursos y economía.

¿Qué regula Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México?

Regula principalmente educación, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional, propiedad, recursos y economía.

¿A quién aplica Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México?

Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.

¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México?

Conviene empezar por artículo 1o, porque Título profesional es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, a... También puede revisarse artículo 2o, porque Las leyes que regulen campos de acción relacionados con alguna rama o especialidad profesional, determinarán cuáles son las actividades profesionales que necesitan título y cédula para su...

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para ubicar educación, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.

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LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5o. CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 19-01-2018
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
MANUEL AVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O: