Ley [CCF]

Artículo 1052 de Código Civil Federal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Segundo TÍTULO Quinto CAPÍTULO V

Artículo 1052.- Los derechos y obligaciones del usuario y del que tiene el goce de habitación, se arreglarán por los títulos respectivos y, en su defecto, por las disposiciones siguientes:

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